Conozca los cambios claves de la Resolución 467 de 2025 y cómo la Corte Constitucional impactó su entrada en vigor.
- Bogotá D.C., julio de 2025 – Valenzuela Serrano & Asociados S.A.S.
Con la expedición de la Resolución 467 del 25 de marzo de 2025, el Gobierno Nacional reglamentó importantes ajustes en la Planilla Integrada de Liquidación de Aportes (PILA) para dar cumplimiento a la Ley 2381 de 2024, conocida como la reforma pensional.
Sin embargo, en junio de 2025, la Corte Constitucional suspendió temporalmente la entrada en vigor de la ley por vicios de trámite en el Congreso. Aquí le contamos qué cambios siguen vigentes, qué debe saber como contratante, y cómo cumplir con esta obligación a partir de agosto.
✅ ¿Qué trae la Resolución 467 de 2025?
Este acto del Ministerio de Salud y Protección Social tiene como objetivo adecuar la PILA al nuevo sistema pensional por pilares (solidario, semicontributivo, contributivo y voluntario), estructurado por la Ley 2381 de 2024.
Cambios clave:
- Creación del tipo de aportante “Contratante” en la PILA.
- Inclusión del subtipo 3: cotizante no obligado por edad (mujeres desde los 60 y hombres desde los 65 años).
- Posibilidad de reportar múltiples novedades de un mismo cotizante en un mes.
- Inclusión de la licencia por cuidado de la niñez como novedad en PILA.
- Distribución automática del aporte pensional entre Colpensiones y fondos privados, según semanas cotizadas y nivel de ingresos.
🗓 Fecha prevista de entrada en vigor: 1° de agosto de 2025 (sujeta a validación por la Corte).
⚖️ ¿Cuándo debe el contratante pagar la seguridad social del contratista?
- El contrato es de prestación de servicios personales.
- La actividad tiene riesgo laboral clase IV o V (según Decreto 1607 de 2002).
- El contratista no realiza aportes por su cuenta.
- Usted figura como aportante tipo contratante en PILA.
📌 El ingreso base de cotización (IBC) no puede ser inferior al 40% del valor mensualizado del contrato.
💰 ¿Qué se paga?
Concepto | Responsable | Porcentaje |
---|---|---|
Salud | Contratante | 12.5% |
Pensión | Contratante | 16% |
Riesgos laborales (ARL) | Contratante | Según clase riesgo |
Caja de Compensación (si aplica) | Contratante | 4% |
🛑 La Corte Constitucional detuvo la entrada en vigor de la ley.
📅 Línea de tiempo reciente:
- 25 de marzo de 2025: se expide la Resolución 467 que adapta la PILA a la reforma pensional.
- 17 de junio de 2025: la Corte Constitucional devuelve la Ley 2381 de 2024 al Congreso por vicios de procedimiento en la Cámara.
- 27 de junio de 2025: se notifica formalmente al presidente de la Cámara, otorgándole 30 días hábiles para repetir el segundo debate.
- 28 de junio de 2025: la Cámara de Representantes reanuda el debate y, tras más de cinco horas de sesión, aprueba de nuevo la reforma con 104 votos a favor.
- 30 de junio de 2025: la Cámara remite el nuevo expediente a la Corte para que esta continúe la revisión de constitucionalidad.
⚖️ ¿Qué implicó esta decisión?
- Se suspendió temporalmente la entrada en vigor de la mayoría de los artículos de la Ley 2381.
- No afecta directamente la vigencia de la Resolución 467, pero sí la automatización de los aportes a pensión y la implementación del sistema de pilares.
- La Corte deberá emitir una sentencia definitiva sobre la exequibilidad del texto reaprobado.
📊 ¿Qué deben hacer las empresas desde ya?
Desde Valenzuela Serrano & Asociados S.A.S. recomendamos:
✅ Revisar qué contratistas desarrollan actividades de riesgo alto.
✅ Verificar certificados de afiliación a salud, pensión y ARL.
✅ Prepararse para actuar como aportantes tipo contratante en PILA.
✅ Incorporar cláusulas claras en los contratos de prestación de servicios.
✅ Estar atentos a la decisión final de la Corte Constitucional.
🤝 ¿Cómo podemos ayudarle?
En Valenzuela Serrano & Asociados S.A.S. contamos con un equipo de expertos para acompañarlo en:
🔸 Diagnóstico de contratistas y cumplimiento en seguridad social.
🔸 Actualización de contratos conforme a la nueva normativa.
🔸 Gestión de riesgos ante la UGPP.
🔸 Capacitación empresarial en reforma pensional y PILA.
🔸 Asesoría permanente en temas tributarios, laborales y contables.
📧 Escríbanos a: serviciocliente@valenzuelaserranoyasociados.com.
🌐 Visítenos en: www.valenzuelaserranoyasociados.com.📍 Bogotá D.C. – Colombia.
📝 Conclusión:
La reforma pensional sigue su curso, pero bajo la lupa de la Corte Constitucional. La Resolución 467 de 2025 ya está generando cambios reales para contratantes y contratistas, por lo que es indispensable prepararse. Desde Valenzuela Serrano & Asociados S.A.S., lo acompañamos para que su empresa cumpla y crezca con respaldo profesional.
Valenzuela Serrano & Asociados S.A.S.
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